AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos

AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos
AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos

AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos es un antecedente que permite examinar un aspecto relevante del comercio exterior, su operación o su marco regulatorio dentro del contexto en que fue difundido.

En ese contexto, AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos El Presente proyecto tiene como objetivo la cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-032-ZOO-1996, Determinación de antibióticos en hí­gado, músculo y riñón de bovinos, ovinos, equinos, porcinos, aves, caprinos y cérvidos por la prueba de torunda y por bioensayo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1996, debido a que en materia de métodos y técnicas de laboratorio continuamente se genera nueva información técnica y cientí­fica que garantiza mejora en la confianza y eficiencia para el monitoreo y control de residuos tóxicos, biológicos y contaminantes en los alimentos, misma que basada en los criterios de los organismos internacionales es recomendable considerar y en su caso adoptar u homologar para que de manera oportuna se beneficie la constatación de alimentos en apoyo a la salud animal y humana.

Elementos jurídicos del antecedente

01

Disposición

El contenido conserva una disposición, criterio o resolución correspondiente al momento de su publicación.

02

Alcance

Su lectura exige distinguir los sujetos, operaciones o supuestos a los que se refería el antecedente.

03

Vigencia

Cualquier aplicación presente requiere verificar reformas, criterios y disposiciones posteriores.

Contenido normativo y alcance de la referencia histórica

AVISO de Cancelación de NOM para detección de antibióticos en alimentos

El Presente proyecto tiene como objetivo la cancelación de la Norma Oficial Mexicana NOM-032-ZOO-1996,

Determinación de antibióticos en hí­gado, músculo y riñón de bovinos, ovinos, equinos, porcinos, aves, caprinos y cérvidos por la prueba de torunda y por bioensayo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1996, debido a que en materia de métodos y técnicas de laboratorio continuamente se genera nueva información técnica y cientí­fica que garantiza mejora en la confianza y eficiencia para el monitoreo y control de residuos tóxicos, biológicos y contaminantes en los alimentos, misma que basada en los criterios de los organismos internacionales es recomendable considerar y en su caso adoptar u homologar para que de manera oportuna se beneficie la constatación de alimentos en apoyo a la salud animal y humana.

Por lo que es necesario contar con un programa eficaz y confiable de control de residuos tóxicos y contaminantes se encuentra el de participar con mayor confianza en el comercio nacional e internacional de alimentos, de esta forma se tienen las bases suficientes para garantizar la inocuidad de los productos alimenticios de origen animal, acuí­cola y pesquero, tanto para consumo nacional como de exportación, así­ como fortalecer la calidad e inocuidad de éstos dentro de nuestro paí­s.

http://207.248.177.30/regulaciones/scd_expediente_3.asp?ID=12/1555/290514

www.barradecomercio.org.mx

Para interpretar este antecedente conviene separar los hechos correspondientes al momento original de los principios generales que todavía pueden resultar útiles como marco de análisis. La información histórica permite comprender cómo se planteó el problema, qué elementos fueron considerados relevantes y qué consecuencias se discutían entonces.

En una revisión actual, el valor práctico se encuentra en identificar las variables que deben comprobarse nuevamente: alcance de las disposiciones, condiciones operativas, actores involucrados y documentación aplicable. Esta metodología evita trasladar automáticamente al presente una conclusión histórica y permite utilizar el antecedente como referencia sin confundirlo con una regla vigente.

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Contexto histórico

Este contenido se conserva como antecedente informativo. Las fechas, cifras, disposiciones, procedimientos y referencias corresponden al contexto de la publicación original y deben verificarse antes de utilizarse como información vigente.

 

 

    Nota legal: Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta publicación, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de Barra Nacional de Comercio Exterior ®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades .

 

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