COMUNICADO: Liberación de embargos mediante e-FIRMA

COMUNICADO: Liberación de embargos - mediante e-FIRMA
COMUNICADO: Liberación de embargos - mediante e-FIRMA

COMUNICADO: Liberación de embargos y multas – mediante e-FIRMA ¿Cómo funciona la liberación mediante e-FIRMA?

Los usuarios de comercio exterior de las aduanas nacionales, pueden efectuar la presentación de sus medios de defensa mediante el uso de la e-FIRMA anexando la documentación probatoria en la cual se demuestre el cumplimiento de sus obligaciones aduanales y fiscales, sin que sea necesaria su presentación fí­sica ante los Tribunales Fiscales.

Elementos jurídicos y fiscales relevantes

01

Actuación de la autoridad

Por lo anterior no importa en qué parte de la República Mexicana se encuentre su empresa, los especialistas de Barra Nacional de Comercio Exterior ® pueden ofrecerle los servicios jurí­dicos que su empresa necesita.

02

Derechos y obligaciones

La documentación, los actores y las decisiones señaladas permiten ubicar el alcance práctico del asunto.

03

Efectos prácticos

Para una aplicación actual es necesario verificar las disposiciones, cifras y condiciones que puedan haber cambiado.

Alcance jurídico y consideraciones para el contribuyente

COMUNICADO: Liberación de embargos y multas – mediante e-FIRMA

¿Cómo funciona la liberación mediante e-FIRMA?

Los usuarios de comercio exterior de las aduanas nacionales, pueden efectuar la presentación de sus medios de defensa mediante el uso de la e-FIRMA anexando la documentación probatoria en la cual se demuestre el cumplimiento de sus obligaciones aduanales y fiscales, sin que sea necesaria su presentación fí­sica ante los Tribunales Fiscales.  

¿A quién le aplican?

  • Usuarios de Ventanilla íšnica.
  • Usuarios de e-Firma.
  • Representantes legales.

Por lo anterior no importa en qué parte de la República Mexicana se encuentre su empresa, los especialistas de Barra Nacional de Comercio Exterior ® pueden ofrecerle los servicios jurí­dicos que su empresa necesita.

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Contexto histórico. Este contenido se conserva como antecedente informativo. Las fechas, cifras, disposiciones, procedimientos y referencias corresponden al contexto de la publicación original y deben verificarse antes de utilizarse como información vigente.

 

 

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