EXW – Entregado en fábrica o en terminal Incoterms ®
EXW – Entregado en fábrica o en terminal.
“Es considerado como el único Incoterm ® que debe de ser facturado con IVA al extranjero en virtud que la mercancía es entregada en territorio nacional y la exportación depende exclusivamente del vendedor y por lo tanto todas las responsabilidades inherentes al despacho aduanero de las mercancías corresponden al comprador, de esta forma el vendedor tampoco tiene derechos sobre saldos a favor por la exportación.”
RECOMENDACIONES
Se aconseja usar el EXW, en operaciones donde el transporte es un Courier (el paquete lo carga el mismo transportista en su vehículo, normalmente porque son de dimensiones pequeñas) y en operaciones entre países de la misma unión económica o aduanera (Unión Europea) o entre estados o regiones de un país donde no haya procedimientos aduaneros.
RIESGOS
Al no controlar las aduanas, podemos tener dificultades en obtener los documentos aduaneros que justifiquen la exportación. Estos documentos son necesarios para justificar la exportación y no tener problemas con la hacienda local a nivel de impuestos (IVA).
La ley de prevención de riesgos laborales en muchos casos no permite que una persona ajena a la empresa exportadora o cargadora manipule la mercancía dentro de sus instalaciones.
Si cargamos la mercancía al camión, contenedor o tren, asumimos unos riesgos que nos tocan asumir, esta asunción de riesgos y costes nos puede traer problemas y confusiones con nuestro cliente. Ejemplo ( ¿Quién debe acondicionar la mercancía al vehículo en un contenedor completo?).
Tener mucho cuidado con los EXW y los créditos documentarios, si el comprador no recoge la mercancía el día pactado, nosotros no cumpliremos.
Tener también cuidado si el crédito documentario nos pide el documento de transporte, ya que nosotros podemos tener dificultades en obtenerlo.
NOTA DE ORIENTACIóN
Esta regla puede utilizarse con independencia del modo de transporte seleccionado y también puede usarse cuando se emplea más de un modo de transporte. Es adecuada para el comercio nacional, mientras que FCA es normalmente más apropiada para el comercio internacional.
En Fábrica significa que el vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (es decir, taller, fábrica, almacén, etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recolección, ni tiene que despacharla para la exportación, cuando tal despacho sea aplicable.
Es muy recomendable que las partes especifiquen, tan claramente como sea posible, el punto en el lugar de entrega designado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto son a cargo de la empresa vendedora. La compradora corre con todos los costos y riesgos que implica hacerse cargo de la mercancía desde el punto acordado, si lo hay, en el lugar de entrega designado.
EXW representa la mínima obligación para la empresa vendedora. La regla debería utilizarse con cuidado, ya que:
a) El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de cargar la mercancía, incluso sí, en la práctica, el vendedor pueda estar en mejor situación de hacerlo. Si el vendedor sí la carga, lo hace a riesgo y expensas del comprador. En los casos en que el vendedor está en mejor situación para cargar las mercancías, FCA, que obliga al vendedor a hacerlo a su riesgo y expensas, suele ser más apropiado.
b) El comprador que adquiere a un vendedor en condiciones EXW para exportar ha de ser consciente que el vendedor tiene la obligación de proporcionar sólo la ayuda que el comprador pueda requerir para efectuar dicha exportación: el vendedor no está obligado a organizar el despacho de exportación. Por consiguiente es muy recomendable que los compradores no utilicen EXW si no pueden obtener directa o indirectamente el despacho de exportación.
c) El comprador tiene una obligación limitada de proporcionar al vendedor información relacionada con la exportación de la mercancía. Sin embargo, el vendedor puede necesitar esta información, por ejemplo, con finalidades fiscales o informativas.
La siguiente tabla muestra las obligaciones de costos del vendedor, del comprador y lugar de entrega de las mercancías.
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