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Hallan cargamento de contrabando asiático en Bogotá avaluado en $2.500 millones

Hallan cargamento de contrabando asiático en Bogotá avaluado en $2.500 millones

Un operativo conjunto entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) y la Fiscalía General de la Nación permitió el decomiso de un millonario cargamento de contrabando en el barrio Normandía, localidad de Engativá, al occidente de Bogotá. La mercancía, de presunto origen asiático, está valorada en más de 2.500 millones de pesos.

Durante el procedimiento, los uniformados incautaron un camión que transportaba 45.600 unidades de confecciones y 855 rollos de tela empacados en yutes prensados. Ninguno de los ocupantes pudo demostrar la legalidad del ingreso de los productos al país. Dos personas fueron capturadas, una de ellas extranjera, por el delito de favorecimiento al contrabando.

Según las autoridades, esta mercancía ingresó por pasos no habilitados o mediante documentación falsa, y sería distribuida en zonas comerciales de Bogotá y otras ciudades. La Policía Fiscal y Aduanera señaló que el cargamento podría estar vinculado a una red criminal con alcance internacional. El coronel Yorguin Orlando Malagón Hernández, director de la Polfa, aseguró que continuarán golpeando las finanzas de quienes se lucran del contrabando. “Estos operativos son clave para proteger la economía nacional y generar conciencia ciudadana sobre los efectos negativos de estas actividades”, afirmó.

La Dian recordó que entre 2018 y 2022, el 10 % del valor de las mercancías ingresadas al país lo hizo de forma ilegal, lo que representó pérdidas cercanas a los $34.000 millones.

En lo corrido de 2025 ya se han ejecutado múltiples incautaciones y extradiciones relacionadas con esta problemática.

 

 

    Nota legal: Las correlaciones, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que se encuentran en esta publicación, corresponden a los trabajos intelectuales realizados por el personal de Barra Nacional de Comercio Exterior ®, los cuales de conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, pueden ser contrarias a las interpretaciones que realicen las Autoridades .

 

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